• El Ministerio de Defensa, en los créditos que solicita para el proyecto de presupuestos, incluye estos pagos. El Gobierno ignora cada año esta petición y los excluye de los PGE, pero acaba pagando casi exactamente lo mismo vía crédito extraordinario
  • Se pagan con Deuda Pública, cuando deberían salir del fondo de contingencia o del recorte de otras partidas

Desde el punto de vista Constitucional, el uso del Decreto-Ley para aprobar de forma reiterada -cada verano- créditos extraordinarios para pagar los compromisos adquiridos hace años por la compra de armamento no se sostiene, tal y como aclaró el Tribunal Constitucional hace un año. Desde el punto del control y el buen uso de las cuentas públicas, tampoco, como afirma en su informe de fiscalización el Tribunal de Cuentas.

El BOE publica hoy las conclusiones de la Comisión Mixta de Las Cortes para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el informe de fiscalización de los Programas Especiales de Armamento (PEAs). La primera de ellas insta al Gobierno a realizar un presupuesto “realista de los programas especiales de armamento dentro de los Presupuestos Generales del Estado, evitando el recurso a créditos extraordinarios y suplementarios mediante Real Decreto-ley”.

Tribunal de Cuentas y Tribunal Constitucional coinciden: este gasto anual es más que previsible e ignorarlo en los presupuestos que aprueba el Congreso para luego incluirlos vía Decreto-Ley no solo es inconstitucional, puesto que esta figura está prevista solo para situaciones excepcionales no previsibles; sino que además se salta reglas básicas de la contabilidad pública.

Por un lado, afirma el informe del Tribunal de Cuentas, que analiza el gasto en estos programas en 2012, 2013 y 2014, este mecanismo se salta la división de competencias -puesto que es el Congreso quien debe aprobar los presupuestos y no el Gobierno mediante Decreto-Ley, aunque luego se convalide-; por otro, crea presupuestos que, a priori y de forma conocida por todos, no son realistas y falsean la realidad de la contabilidad del Ministerio de Defensa y del Gobierno.

El informe se basa, entre otras, en varias pruebas que demuestran que son gastos más que previsibles y que se podían haber incluido en los presupuestos iniciales sin problema. Una de ellas es el hecho de que el pago de estos programas y su reparto anual se aprueba en Consejo de Ministros con tiempo suficiente, y en muchos casos se trata de contratos firmados en los años 90, por lo que ha habido tiempo suficiente para planificar el gasto.

Además, el mecanismo de financiación de los PEAs es, en buena parte, público: el Ministerio de Industria adelanta la totalidad o buena parte de las necesidades de inversión a las empresas, un dinero que estas devuelven -a coste cero- cuando Defensa les paga por las unidades entregadas.

Pero si hay algo que demuestra que la no inclusión de estos pagos en los Presupuestos Generales del Estado falsea de forma voluntaria las cuentas públicas que se aprueban en Las Cortes y se presentan a la ciudadanía es que se conoce su coste: cada año analizado, como recalca el informe, el Ministerio de Defensa, en los créditos que solicita para el proyecto de presupuestos, incluye estos pagos. El Gobierno ignora esta petición, los excluye de los PGE que presenta y acaba pagando casi exactamente lo mismo vía crédito extraordinario.

En 2012, Defensa pidió 1,787 millones para el pago de estos programas (885 en 2013 y 890 en 2014). El Gobierno no incluyó estas partidas en su proyecto de PGE, pero acabo pagando 1.783 millones (877 en 2013 y 884 en 2014) vía créditos extraordinarios.

Además, el hecho de que se haya usado cada año (también en 2015, aunque no sea objeto de este análisis) muestra que no es una situación coyuntural para paliar un problema puntual, sino estructural. Un uso habitual. En total, esos créditos extraordinarios suman unos 4.500 millones de euros en los últimos años.

Ejecución del presupuesto de Defensa

En millones de euros. El presupuesto para 2017 es el estimado en el proyecto de PGE presentado por el Gobierno, que puede ser modificado durante el debate en el Congreso.

El crédito de 2012, que incluyó los pagos de 2011, es el más abultado. Aunque en 2016 no se pudo aprobar un Decreto-Ley como los anteriores, porque el Constitucional ya había declarado su ilegalidad, el presupuesto de Defensa engordó casi 1.400 millones de euros durante el año. Y es que, incluso sin contar esos créditos extraordinarios, todos los años se producen modificaciones, que no pasan ni siquiera por la convalidación del Congreso, que hacen que las cuentas de este ministerio siempre sean muy superiores a lo que se presupuestó de forma inicial.

Como no pudo aprobar el tradicional Decreto-Ley el año pasado, el Gobierno ha traspasado esa anualidad del pago de los PEAs, que suma 717 millones) a 2017. El proyecto de PGE del Gobierno para 2017 ha subido, por primera vez, la cuantía prevista para Defensa. Serán 7.573 millones. Si se aprobara, nada hace pensar que ese presupuesto inicial, como ha pasado en años anteriores, no engorde, lo que elevaría aún más esa cifra.

Con cargo a la Deuda Pública

Otra de las irregularidades que detecta el Tribunal de Cuentas en su informe es que estos créditos extraordinarios siempre se costean con Deuda Pública. Según las normas vigentes, debería haberse sufragado con cargo al fondo de contingencia o restando de otros créditos.

El informe afea al Gobierno que cada año justifique ese uso de la Deuda Pública de forma distinta. En ocasiones, Hacienda ha alegado que el fondo de contingencia no es suficiente para cubrir esos pagos, pero el Tribunal de Cuentas considera que ese motivo no es suficiente y que, al ampliar la deuda, se está poniendo en juego la estabilidad financiera y el principio de reducción del gasto.

En paralelo, critica que la excesiva rotación del personal y la falta de planificación y de recursos lleva al Ministerio de Defensa a aprobar encomiendas de gestión para gestionar estos programas. Además, afea que se tenga en cuenta el beneficio industrial a la hora de calcular el pago a Navantia, una sociedad mercantil estatal financiada con fondos públicos que no debería ser tratada como una empresa privada, puesto que puede ser considerado un “exceso de financiación pública de la sociedad”.

Buenos días.

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