El BOE recoge dos multas impuestas por el Ministerio de Economía y Competitividad al Banco Espirito Santo, de 960.000 y 150.000 euros. El Gobierno considera que la sucursal española del banco portugués es responsable de dos infracciones muy graves por incumplimiento del deber de comunicación vinculado a prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

En concreto, le aplica el artículo 51.1.a de la ley, que se refiere a casos en los que “algún directivo o empleado del sujeto obligado hubiera puesto de manifiesto internamente la existencia de indicios o la certeza de que un hecho u operación estaba relacionado con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo” pero, aún así, la entidad no avisó a las autoridades competentes.

La multa se aprobó en el Consejo de Ministros del 3 de mayo de 2013, pero no se hizo pública en rueda de prensa ni en las referencias publicadas en la página web de Moncloa. La entidad recurrió ante el Tribunal Supremo, que acordó la suspensión temporal de la sanción monetaria. Eso sí, el alto tribunal rechazó otra petición del Banco Espirito Santo, que había reclamado que la multa no se publicara en el BOE. El auto considera que existe claro interés público en este asunto, en aras de la transparencia bancaria.

No es la primera vez que se intenta esquivar el BOE. Hace pocos días se hizo público que Jaime Botín, multado por ocultar sus acciones en Bankinter, había realizado la misma petición a la Audiencia Nacional. En su caso tampoco fue atendida.

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