El BOE publica hoy el informe de fiscalización de la contratación realizada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) entre 2006 y 2009 y las conclusiones extraídas de la Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas, el organismo de Las Cortes que recibe los análisis, escucha al presidente del Tribunal y emite, a partir de ahí, sus resoluciones. En este caso, una de las más significativas es aquella que insta al gobierno a “acabar con la cultura del modificado en la contratación de obra pública”.

Lo hace tras un demoledor informe en el que el Tribunal de Cuentas asegura que la práctica totalidad de los contratos de obras analizados acabaron costando mucho más del precio por el que se adjudicaron. Así, en casi todos hubo modificados durante su ejecución y, en algún caso, obras complementarias al contrato inicial. En concreto, el informe establece que en el 92% de los contratos analizados sufrieron desviaciones durante su ejecución vía modificados.

A estas modificaciones hay que sumar el 10% que se permite inflar el contrato por problemas en la medición inicial; y las cláusulas de revisión de precios, que permiten aumentar los costes en contratos largos teniendo en cuenta las fluctuaciones del mercado. En algunos casos, continúa el informe, las obras costaron más del doble de lo acordado en la adjudicación.

El problema es, además, que “con excesiva frecuencia” no se acreditaron ni motivaron “las necesidades nuevas o las causas imprevistas”, que justificasen las modificaciones, algo establecido por ley. De hecho, en algunos casos, el problema es la poca planificación de los contratos, como por ejemplo “la falta o insuficiencia del estudio geotécnico del terreno u otras deficiencias del proyecto”, lo que hace que a la hora de establecer los precios iniciales no se cuente con toda la información necesaria.

Estas modificaciones y falta de planificación, además del crecimiento de los costes durante la ejecución, traen consigo una consecuencia paralela: los retrasos. “Durante el periodo fiscalizado (2006 a 2009), en todos los expedientes de obras analizados fueron incumplidos los plazos de ejecución inicial”, afirma el informe del Tribunal de Cuentas.

El hecho de que los cálculos estén mal realizados desde un principio y que los precios de adjudicación no tengan nada que ver con la realidad de la ejecución posterior también significa que puede que no se haya elegido la mejor oferta. Teniendo en cuenta que en la mayoría de los contratos de obra analizados el criterio para elegir a una u otra empresa es el precio, y ese precio podría no ser ajustado, la elección de la oferta más barata pierde su sentido, porque puede acabar no siéndolo.

“La práctica habitual (que debiera ser excepcional) de modificar los contratos durante la fase de ejecución de las obras podría llegar a desvirtuar, en algunos casos, el procedimiento de concurrencia que dio lugar a la adjudicación de contrato, al variar sustancialmente las condiciones económicas iniciales de la licitación con posterioridad a dicha adjudicación, en perjuicio de los principios de igualdad y de transparencia”, concluye el Tribunal de Cuentas.

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