El BOE de hoy recoge una sentencia del Tribunal Constitucional (TC), fechada el pasado 7 de mayo, que dio la razón a Ciudadanos y permitió que presentaran su candidatura a las elecciones municipales de Cantalojas (Guadalajara). La clave del proceso es un defecto de forma en la candidatura, que fue recurrida por el PSOE por incluir en la lista a una persona más de las permitidas por ley.

Todo arrancó cuando la Junta Electoral de la zona de Sigüenza proclamó las candidaturas al municipio de forma oficial: las de PP, PSOE y Ciudadanos. El PSOE recurrió esa decisión ante el Juzgado de la Contencioso-Administrativo número 1 de Guadalajara y pidió que se impugnara la lista del partido de Albert Rivera. La razón era de forma: habían presentado cinco candidatos y un suplente, cuando a ley electoral solo permite cinco nombres en municipios de entre 101 y 250 habitantes.

El juzgado dio la razón a los socialistas y anuló la lista, una decisión que Ciudadanos llevó, vía recurso de amparo, al TC, que les dio la razón. En su sentencia, firmada solo un día después de haber recibido el recurso de amparo, el tribunal considera que se lesionó su derecho de sufragio pasivo. Así, argumenta que era la junta electoral de zona quien, de oficio, debería haber advertido del error de forma y haber notificado al partido para que lo solucionara.

El TC razona, además, que Ciudadanos no fue notificado del recurso hasta que se retiró su candidatura por lo que no pudieron defenderse. Por todas esas razones, y de urgencia, la sentencia tumbó la resolución inicial y, aunque no puede proclamar candidaturas, pidió que el tribunal de Gualajara volviera a dictar sentencia.

Gracias a esta resolución, Ciudadanos pudo presentarse a las elecciones, aunque al final sus 11 votos no le dieron ningún concejal. De los cinco disponibles, cuatro fueron para el PP y uno para el PSOE.

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