El BOE recoge hoy una instrucción del Ministerio de Justicia que informa sobre el cambio de recorrido que tienen que pasar los expedientes de nacionalidad de residencia hasta ser concedidos. Si hasta ahora los registros civiles enviaban el expediente en papel, para ser digitalizado, al Colegio de Registradores, ahora deberán mandarlo al Ministerio de Justicia, concretamente a la Dirección General de Registros y del Notariado. Este departamento, que según los sindicatos cuenta con poca plantilla para realizar esa labor, será el encargado de introducir millones de páginas en papel en el sistema, para que pueda continuar el proceso.

Pese a los avances en la tramitación de estos expedientes con la aprobación de un plan intensivo en 2012, siguen sufriendo considerables retrasos.

La última encomienda de gestión firmada entre el Gobierno y el Colegio de Registradores en febrero cambió el reparto de tareas entre ambos. Hasta ahora eran los registradores los encargados de digitalizar los expedientes, por lo que los registros civiles seguían enviando a su sede, en la calle Alcalá de Madrid, los documentos. Pero, como el sistema para tratar esos papeles está ahora en el Ministerio de Justicia, la instrucción publicada hoy informa a los registros civiles de la nueva dirección de envío. Eso sí, los registradores deben seguir encargándose de su tramitación. Se calcula que pasarán por sus manos unos 150.000 expedientes.

Tras estos cambios, el camino que debe recorrer un expediente de nacionalidad por residencia es el siguiente: se abre expediente en el registro civil correspondiente; los documentos se envían al Ministerio de Justicia, donde se introducen los datos en el sistema informático; los registradores de la propiedad se encargan de su tramitación y envía su informe o propuesta al Ministerio de Justicia, que decide si concede la nacionalidad; una vez aprobada, llega el turno de los notarios, que celebran el acto de jura o promesa de fidelidad al rey.

Buenos días.

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