El BOE recoge hoy una resolución del 2 de septiembre que impone un castigo de 400.000 euros al Banco Pastor (ahora Banco Popular Español) por la comisión de una infracción muy grave en la venta de productos complejos de elevado riesgo, como preferentes y bonos estructurados.

La CNMV considera que la entidad incumplió la ley durante la comercialización de participaciones preferentes entre enero y septiembre de 2008. En concreto, afirma que no llevó a cabo las obligaciones de los puntos 5, 6 y 7 del artículo 79 bis de la Ley del Mercado de Valores, que exigen que las entidades recaben toda la información posible sobre los conocimientos y experiencia de sus clientes a la hora de ofrecerles determinados productos de inversión, para así poder evaluar si es adecuado para ellos.

Esta sanción no es firme, ya que la entidad ha interpuesto un recurso judicial. En noviembre de 2012, antes de la comparecencia de Rodríguez, la CNMV impuso una multa de 600.000 euros a Barclays Bank por el incumplimiento de los mismos requisitos de información y evaluación de la idoneidad del cliente a la hora de vender productos de inversión.

La presidenta de la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores), Elvira Rodríguez, compareció el pasado mes de mayo en el Congreso para adelantar que la entidad supervisora aplicaría sanciones a nueve grupos financieros.

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